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Lo más importante es establecer un diálogo cordial con el cónyuge para que se puedan definir las condiciones en las que concluirán su vínculo matrimonial, esto ayuda bastante para depurar los tiempos procesales y hace efectiva la actuación del Abogado.
Las causas y motivos por lo cual se separan ya no son requeridas por el Juez competente, por lo mismo se denomina DIVORCIO INCAUSADO. Que a su vez se divide en DIVORCIO BILATERAL o de COMÚN ACUERDO y en DIVORCIO UNILATERAL, en este último basta con que una persona lo solicite.
Para aquellas personas que puedan dialogar y quedar en buenos términos para tramitar la disolución del vínculo matrimonial los conceptos que deben establecer son:
Las personas que no puedan establecer las condiciones anteriores y requieran el trámite, lo pueden solicitar y presentar de manera unilateral por medio de un abogado especialista en Derecho Familiar.
En ambos casos se requiere de acuerdo a la legislación vigente la presentación de una Demanda y un Convenio.
Servicios Jurídicos se encarga de elaborar este documento.
Para el trámite de divorcio se requiere de la siguiente documentación:
¿QUÉ COMPRENDE LA PENSIÓN ALIMENTICIA?
Los alimentos comprenden: Comida, vestido, la habitación, la atención médica, hospitalaria, actividades recreativas, gastos de embarazo y parto.
Para los menores, incluyen también los gastos para su educación ya sea oficio, arte o profesión, esta última podría ser hasta el grado de una maestría siempre y cuando vaya acorde con la edad escolar.
La pensión alimenticia se establece a criterio de los Jueces en materia familiar, sin embargo es obligación del abogado proporcionar elementos y órganos de pruebas que le ayuden a determinar al Juzgador una resolución favorable para quien lo solicita. En este sentido la pensión se otorgará en base a las necesidades de quién las tenga y acredite y se proporciona de acuerdo a las posibilidades de quien la tenga que dar.
La pensión alimenticia es una ayuda económica que debe proporcionar el deudor alimentario al acreedor alimentario y estos pueden ser:
La mayoría de los estados no ha establecido leyes que determinen el monto de los pagos de la pensión alimenticia. Por lo general, se deja en manos del Juez la cantidad de un pago mensual razonable o suficiente. El juez también establecerá la duración y las condiciones de los pagos. La situación ideal sería que una pareja estableciera de mutuo acuerdo los términos del divorcio y la pensión alimenticia, sin que medie una resolución judicial.
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Lo más importante es establecer un diálogo cordial con el cónyuge para que se puedan definir las condiciones en las que concluirán su vínculo matrimonial, esto ayuda bastante para depurar los tiempos procesales y hace efectiva la actuación del Abogado.
Las causas y motivos por lo cual se separan ya no son requeridas por el Juez competente, por lo mismo se denomina DIVORCIO INCAUSADO. Que a su vez se divide en DIVORCIO BILATERAL o de COMÚN ACUERDO y en DIVORCIO UNILATERAL, en este último basta con que una persona lo solicite.
Para aquellas personas que puedan dialogar y quedar en buenos términos para tramitar la disolución del vínculo matrimonial los conceptos que deben establecer son:
Para el trámite de divorcio se requiere de la siguiente documentación: